ARESEP explica cómo impugnar resoluciones administrativas

La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) informó sobre los mecanismos disponibles para que las personas usuarias puedan impugnar resoluciones y actos administrativos que consideren contrarios a sus derechos, así como los pasos, plazos y requisitos para hacerlo dentro de los procedimientos establecidos.

De acuerdo con la entidad, estos mecanismos, conocidos como recursos, están establecidos en la ley y permiten solicitar la revisión, modificación o anulación de decisiones adoptadas dentro de procedimientos administrativos.

En cuanto a los plazos, ARESEP indicó que los recursos deben presentarse en un periodo de tres días cuando se trate del acto final, y de 24 horas en los demás casos, conforme a lo establecido en la normativa vigente.

Respecto a quiénes pueden interponerlos, se señala que esta posibilidad corresponde a las personas que formen parte activa de un proceso administrativo, ya sea en audiencias o consultas públicas, o que estén legitimadas dentro de dicho procedimiento.

Entre los recursos más frecuentes se encuentran el de revocatoria, que se presenta ante el mismo órgano que dictó el acto para que lo revise, y el de apelación, que se interpone ante el superior jerárquico con el fin de que anule o modifique la resolución.

ARESEP también detalló los requisitos básicos para la presentación de estos recursos, entre ellos el número de expediente, la identificación de la persona interesada, la indicación del tipo de recurso, la exposición de los fundamentos, la petición concreta, así como un medio para recibir notificaciones. Además, se debe incluir firma digital o autógrafa y copia del documento de identidad, y en caso de personas jurídicas, certificación de personería vigente.

Finalmente, la institución indicó que los recursos pueden presentarse en sus oficinas, por fax o mediante correo electrónico en el caso de audiencias y consultas públicas, así como por escrito dentro de los procedimientos administrativos, siguiendo los medios oficiales establecidos para la recepción de documentos.

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