La decisión se fundamentó en el artículo 105 de la Constitución Política. Curridabat Hoy
El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) rechazó la solicitud para iniciar la recolección de firmas con el objetivo de convocar a un referéndum sobre el proyecto denominado “Ley para la devolución plena del ahorro laboral del ROP”.
La decisión fue adoptada mediante la resolución n.° 8939-E9-2026, del 23 de setiembre de 2026, a partir de una gestión presentada por el ciudadano de apellido Solís y otras personas.
Según explicó el TSE, el rechazo responde a lo establecido en el artículo 105 de la Constitución Política, que señala que el referéndum no procede cuando los proyectos se relacionan con pensiones.
Antecedentes
El Tribunal indicó que esta interpretación no es nueva y que existen resoluciones anteriores en las que ha aplicado el mismo criterio frente a solicitudes de referéndum relacionadas con materia de pensiones.
Entre los antecedentes citados se encuentran las resoluciones 7682-E9-2019, 2897-E9-2021 y 3908-E9-2025.
El ROP es el Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias, uno de los componentes del sistema de pensiones costarricense. El proyecto al que hacía referencia la solicitud pretendía establecer una devolución plena del ahorro laboral acumulado en este régimen.
La decisión del TSE significa que no se autoriza la etapa de recolección de firmas para llevar esta iniciativa a referéndum bajo la solicitud presentada.



