
TSE prohíbe a instituciones divulgar logros en redes durante campaña electoral
- Resolución se aplica aunque no haya pago por la publicación y alcanza a municipalidades, ministerios y empresas del Estado.
El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) cambió su criterio y ahora prohíbe a las instituciones públicas divulgar en redes sociales o plataformas digitales cualquier mensaje que exalte sus logros o muestre a sus jerarcas durante el período electoral, aunque no se pague por ese contenido.
La medida aplica desde el día siguiente a la convocatoria oficial de elecciones (2 de octubre 2025) y hasta el mismo día de los comicios. La restricción incluye medios tradicionales como radio, televisión y prensa escrita, así como redes y páginas web institucionales como Facebook, YouTube, X (antes Twitter), TikTok y similares.
El TSE fundamentó el cambio en recientes sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que advierten sobre el uso indebido del aparato estatal para beneficiar al partido en el poder y alterar la equidad en la contienda.
“El acceso que tienen los funcionarios públicos a los recursos del Estado puede ser utilizado para inducir el voto a favor del candidato oficial”, señaló la Corte en el caso Capriles vs. Venezuela, citado en la resolución.
El Tribunal aclara que esta restricción no impide que los jerarcas hablen de sus logros en entrevistas, artículos de opinión o informes ante órganos de control. Tampoco afecta la publicidad técnica, científica o de servicios esenciales, ni la de productos de instituciones en régimen de competencia.
Esta resolución es vinculante para todos los ministerios, municipalidades, concejos, empresas del Estado y partidos políticos, según lo dispuso el TSE en su sesión del 20 de junio de 2025.